| Contactarse con: |
Paula Stitz al (501) 682-2222 http://www.acic.org/Registration/index.htm |
| Quienes deben registrarse: |
Toda persona que haya sido sentenciada por haber cometido un delito sexual violento, un delito sexual, u otro delito contra un menor. Ello incluye toda persona que se encuentre en libertad provisional o bajo palabra o toda persona que esté bajo otra clase de vigilancia. Los delincuentes juveniles deben registrarse en Arkansas si así lo exige la corte, así como toda persona que haya sido absuelta por enfermedad o defectos mentales. Los delincuentes de otros estados que deban registrarse en su estado de origen también deben registrarse, así como los delincuentes que estén registrados en otro estado y trabajen o estudien en Arkansas. |
| Información recopilada: |
Nombre completo; nombres falsos o sobrenombres; fecha de nacimiento; características físicas; domicilio; lugar donde prevé residir; número de licencia de conducir o número de cédula de identidad si posee alguna; número de seguro social; lugar de empleo, escuela donde estudia o se capacita; fotografía; huellas dactilares; fecha en que fue arrestado; nombre de la entidad que lo arrestó; delito por el cual fue convicto o absuelto, y el número que identifique su caso, ya sea de la sentencia o de la absolución por enfermedad o defecto mental; una breve descripción del crimen o los crímenes que haya cometido y por los cuales deba registrarse; el estatus del registro del delincuente, ya sea como depredador sexual violento, delincuente sexual con agravantes, o delincuente sexual; una declaración escrita y firmada por el delincuente en la que éste reconozca que se le ha asesorado sobre el deber que tiene de registrarse (obligación impuesta por este sub capitulo) u otra información que el centro* considere necesario. |
| Dirigido por: |
|
Arkansas Crime Information Center (ACIC)*
|
|
| Plazo para registrarse: |
Informar al Arkansas Crime Information Center por escrito y presentarse ante las autoridades que tengan jurisdicción: 1) si cambia de domicilio, debe hacerlo en un plazo no mayor de 10 días antes de mudarse a o ingresar al estado, 2) si establece residencia en un nuevo domicilio, o 3) si ha sido excarcelado o ha cumplido con su condena, en un plazo no mayor de 10 días de la fecha. |
| Aplica a delincuentes de otros estados: |
Sí |
| Duración del requisito: |
Quince años a partir de la fecha en que haya sido excarcelado o a partir de la fecha en que se le otorgó la libertado condicional o haya sido puesto bajo supervisión. De por vida para depredadores sexuales violentos o si ha sido condenado por un delito sexual con agravantes o por múltiples delitos. |
| Verificación de domicilio: |
Debe enviar un formulario de verificación de domicilio una vez cada seis meses. Si usted ha sido clasificado como depredador sexual violento, debe hacerlo una vez cada tres meses. |
| Pena por incumplimiento: |
La persona que no se registre, que no informe cambios de domicilio, o no cumpla con la evaluación exigida, será culpable de un delito grave de clasificación D. Los delitos de clasificación D son punibles con hasta 6 años de cárcel o hasta $10,000 dólares de multa. |
| Acceso a información: |
|
A partir del 1 de enero de 2004, una ley (decreto 330) permitirá al ACIC crear una sección en su sitio web para exponer información, incluso fotografías, de los delincuentes sexuales registrados que hayan sido catalogados dentro de los niveles tres y cuatro. Este decreto será implementado a más tardar este año. Sin embargo, las autoridades locales sigue siendo la mejor fuente de información inmediata.
|
|
| Cláusula de privacidad: |
No |
| Personas registradas: |
7,338 |
| Personas en cumplimiento c/requisito: |
Entre el 83% y el 75% aproximadamente están en cumplimiento |
| En Internet: |
Información sobre delincuentes sexuales registrados que hayan sido clasificados como de alto riesgo para el público (nivel 3 y 4) deberá estar disponible a través del sitio web del estado de Arkansas. http://www.acic.org/Registration/index.htm
|