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Maryland
Actualizado 2 de mayo de 2007
| Contactarse con: |
Allison Gilford: (410) 585-3649 |
| Quienes deben registrarse: |
Delincuentes sexuales de menores que han sido condenados en el estado de Maryland por los siguientes actos punibles el 1/10/95 o después (o antes de 1/10/95 si estuvo bajo custodia o bajo la supervisión de una "autoridad supervisora" el 1/10/01): Abuso Sexual de Menores, Violación Premeditada contra una víctima menor de 15 años de edad, Violación Impremeditada contra una víctima menor de 15 años de edad, un Delito Sexual de Primer Grado contra una víctima menor de 15 años de edad, un Delito Sexual de Segundo Grado contra una víctima menor de 15 años de edad, un Delito Sexual de Tercer Grado contra una víctima menor de 15 años de edad, un Delito Sexual de Cuarto Grado contra una víctima menor de 15 años de edad y ordenado por la corte que se registre. Delincuentes que (1) se condenaron en el estado de Maryland por los siguientes delitos que ocurrieron el 1/10/97 o después y (2) se vieron obligados por la corte a registrarse: El Secuestro o Rapto de una víctima menor de 16 años de edad, el Secuestro de una víctima menor de 18 años de edad, la Privación Ilegal de la Libertad (Derecho ConsuetudinarioCommon Law) de una víctima menor de 18 años de edad por un individuo que no es el padre o la madre de la víctima, el Delito Sexual de Cuarto Grado de una víctima menor de 18 años de edad, incitar a una persona menor de 18 años de edad a que participe en actividades sexuales, la Pornografía de Menores, llevar un prostíbulo, ser un proxeneta y otros delitos relacionados con la prostitución si el/la prostituto/a es menor de 18 años de edad, un delito que este relacionado con una conducta que, por su naturaleza, es un delito sexual contra una víctima menor de 18 años de edad, cualquier intento de cometer un delito enumerado aquí.
El delincuente sexual violento que se condenó en el estado de Maryland por los siguientes delitos que ocurrieron el 1/10/97 o después (o antes de 1/7/97 si estaba bajo custodia o bajo la supervisión de una °&Mac176;autoridad supervisora°± el 1/10/01): Violación Premeditada, Violación Impremeditada, Delito Sexual Premeditado, Delito Sexual Impremeditado, Delito Sexual de Tercer Grado, Tentativa de Violación o Delito Sexual, ( Agresión con ánimo de cometer los delitos de Violación Premeditada, Violación Impremeditada, Delito Sexual Premeditado, Delito Sexual Impremeditado, cualquier intento a cometer un delito enumerado aquí, prohibidos el 30/9/96 o antes). El depredador sexual violento que se ha condenado por un segundo delito violento sexual o uno subsiguiente (de los de la lista bajo Delincuentes Violentos Sexuales que se encuentra más arriba) que ocurrieron el 1/10/97 o después. También se ha determinado que existe el riesgo que dicho depredador cometerá otro delito sexual violento.
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| Información recopilada: |
Nombre, alias, dirección postal y número se seguro social. Una foto y huellas dactilares. Lugar de empleo o escuela. Categoría del registrado (Delincuente Sexual de Menores, Delincuente, Delincuente Sexual Violento, o Depredador Sexual Violento), plazo (diez años o de por vida), y si el registrado es un residente o no (estudiante o trabajador). Descripción del delito (lo que le obligó registrarse). Fecha de condena, delito y de haber quedado en libertad. La fecha de nacimiento de la víctima y la jurisdicción (la colocación de la corte estatal, federal, militar, o tribal donde se condenó y se le pronunció sentencia). |
| Dirigido por: |
Departamento de seguridad pública y servicios correccionales, autoridades locales. |
| Plazo para registrarse: |
Se tiene que registrar el día de que le otorguen la libertad o antes, o en los primeros 7 días de haberse mudado al estado de Maryland, o en los primeros 14 días de haber empezado a trabajar o de haberse matriculado como estudiante en Maryland. Además, Delincuentes Sexuales de Menores que son residentes del estado de Maryland deben registrarse con las autoridades locales en el condado en donde vive. Esto se debe hacer en los primeros 7 días de haber quedado en libertad o de haberse registrado con la autoridad supervisora si se esta mudando al estado de Maryland. Delincuentes Sexuales de Menores que no son residentes también deben registrarse en los primeros 7 días con las autoridades locales en el condado en donde vallen a trabajar o ir a la escuela. |
| Aplica a delincuentes de otros estados: |
Un individuo se debe registrar como un Delincuente Sexual de Menores si, antes de mudarse a este estado, el individuo se vio obligado a registrarse por orden de una corte estatal, federal, militar, o tribal de los Indios Americanos por un delito que cometió antes de 1/10/95. Un individuo debe registrarse como Delincuente, Delincuente Sexual Violento o un Depredador Sexual Violento si, antes de mudarse a este estado, tuvo que registrarse por orden de una corte estatal, federal, militar, o tribal de los Indios Americanos por un delito que cometió antes de 1/7/97. |
| Duración del requisito: |
El plazo de registro empieza cuando al registrador le "otorguen la libertad", como se mencionó más arriba. Todos los registradores se deben registrar por 10 años, o de por vida si se ha condenado el registrador por: Violación Premeditada o Impremeditada, o un Delito Sexual Premeditado, Impremeditado o de Tercer Grado, o si se determina que es un Depredador Sexual Violento, o si el registrador se ha visto obligado a registrarse anteriormente y se le ha condenado por una violación posterior de cualquier delito por el cual se requiere registrarse. Delincuentes Sexuales de Menores se deben registrar primero con la autoridad supervisora apropiada y con las autoridades locales. Por lo tanto, se deben registrar cada año personalmente con las autoridades locales apropiadas. Delincuentes y Delincuentes Violentos Sexuales se tienen que registrar inicialmente con la autoridad supervisora apropiada. Después se pueden registrar por correo anualmente con el departamento de seguridad pública y servicios correccionales. Depredadores Sexuales Violentos se deben registrar inicialmente con la autoridad supervisora apropiada. Después se pueden registrar cada 90 días por correo con las autoridades locales. Los registrados no residentes que están trabajando o están matriculados en la escuela en el estado de Maryland deben registrarse por el plazo requerido por su categoría, o hasta que el empleo o la matrícula en Maryland termine. (si esto ocurre antes de que se termine el periodo requerido). |
| Verificación de domicilio: |
Sí, deben registrarse anualmente con las autoridades locales. Depredadores sexuales de menores deben registrarse en persona. Cada año se enviará una carta no retornable al domicilio más reciente del delincuente. Depredadores sexuales violentos deben presentar comprobantes de su domicilio actual a las autoridades encargadas dentro de su jurisdicción cada 90 días; este requisito es de por vida. |
| Pena por incumplimiento: |
Se puede encontrar culpable de un delito menor a un individuo que no se registre o que de información errónea. El registrado se puede ver sujeto a encarcelamiento en una correccional hasta 3 años o una multa de hasta $5,000 o ambos. |
| Acceso a información: |
Visite la página web del departamento para obtener una copia del registro donde podrá bajar gratis una copia del registro. Si desea obtener una copia impresa del registro, envíe un cheque o money order con la cantidad de $15.50 al Criminal Justice Information System (CJIS), PO Box 32708, Pikesville, MD 21282-2708. |
| Cláusula de privacidad: |
No |
| Personas registradas: |
4,375 (3,110 delincuentes sexuales contra menores) |
| Personas en cumplimiento c/requisito: |
96% |
| En Internet: |
http://www.dpscs.state.md.us/sor |
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