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Diario de Proceso Jurídico

New Mexico

Actualizado el 30 de mayo de 2007

Contactarse con: Teresa Hernandez -- Departamento de Seguridad Pública (505) 827-3314
Quienes deben registrarse: Todos los delincuentes sexuales que hayan sido sentenciados de 1 de julio de 1995 en adelante; además de todos los delincuentes sexuales que hayan sido sentenciados antes del 1 de julio de 1995 y se encontraban encarcelados, en probatoria, o en libertad condicional en esa fecha.
Información recopilada: Alias, fecha de nacimiento, número de seguro social, empleo, convicción, fecha y lugar de la convicción, foto, huellas dactilares, y cualquier característica distinta como tatuajes o cicatrices.
Dirigido por: Departamento estatal de seguridad pública, sheriff del condado.
Plazo para registrarse: Se debe registrar 10 días después de quedar en libertad, 10 días después de entrar al estado, 10 días después de haber cambiado de domicilio.
Aplica a delincuentes de otros estados:
Duración del requisito: De 10 a 20 años, o de por vida, según los cargos impuestos
Verificación de domicilio: Sí.
Pena por incumplimiento: Delito mayor en cuarto grado; un año de cárcel por incumplimiento; delito mayor en tercer grado por cualquier delito posterior.
Acceso a información: Dentro de un plazo de 7 días de haber recibido información sobre el registro del sheriff del condado, debe avisarle a cada guardería infantil licenciada, escuela primaria, escuela secundaria y colegio en un radio de una milla del domicilio del delincuente. El público puede obtener información sobre los delincuentes sexuales registrado si se comunican con el sheriff del condado.
Cláusula de privacidad: Sí.
Personas registradas: Ya para el 30 de mayo de 2007 habían 2,108 individuos registrados
Personas en cumplimiento c/requisito: Dato desconocido*
En Internet: http://www.nmsexoffender.com


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