| Quienes deben registrarse: |
Las provisiones de la Ley sobre el Registro de Delincuentes Sexuales se aplican a cualquier persona viviendo, trabajando, o asistiendo a la escuela en el Estado de Oklahoma que se haya condenado o puesto en libertad condicional o haya intentado a cometer ciertos delitos sexuales* en el estado después del 1/11/89, ó una persona que haya entrado al estado después de 1/11/89 pero que previamente se haya condenado o haya recibido una sentencia suspendida o diferida por un delito o por haber intentado a cometer un delito que, si se hubiera cometido o intentado a cometer en este estado, sería un delito según la siguiente sección. Un plazo de libertad condicional dictado por el tribunal de Oklahoma incluye sentencias diferidas. La sentencia dictada fuera del sistema judicial de Oklahoma incluye las sentencias de un tribunal de otro estado, un tribunal federal, o un tribunal tribal indio, o un tribunal militar.
El 1 de noviembre del 2003 se promulgó una nueva ley: Los delincuentes sexuales registrados no pueden establecer residencia a una distancia menor de 2000 pies de una escuela pública o privada, a no ser que haya establecido la residencia con anterioridad.
* Abuso o negligencia de un menor/maltrato de menores (cuando el abuso sexual o la explotación sexual está presente); agresión con ánimo de cometer un delito mayor (si el delito mayor incluye la agresión sexual); secuestro; abuso del guardián o negligencia (cuando el abuso sexual o la explotación sexual está presente); el trafico de menores; incesto; acto sexual contra natura/sodomía; sodomía a la fuerza; el robo de menores; exposición obscena/exhibición obscena/indecente o publicaciones indecentes, fotos, etc./incitar a un menor a participar en un crimen bajo esta sección; instigar o causar que menores participen en publicaciones o fotos indecentes u obscenas; facilitar, promover, ofrecer, o incitar a un menor a que participe en actos sexuales (delito menor); venta, compra, o tráfico ilegal de películas, fotos, retratos, dibujos, videojuegos obscenos; instigar a una víctima menor de 18 años de edad a prostituirse, lascivia, o otros actos indecentes, incitar, mantener, detener, o encerrar a una víctima menor de 18 años de edad para que participe en la prostitución; violación premeditada, violación impremeditada, violación por instrumentación, actos o propuestas lascivas o indecentes a una víctima menor de 16 años de edad/lesiones sexuales contra una persona mayor de 16 años de edad. Un nuevo crimen prohíbe que ciertos delincuentes sexuales se acerquen más de 300 pies a una escuela primaria o secundaria, a una guardería o un patio de recreo.
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