| Contactarse con: |
Debbie Ogden - Departamento de Correcciones (801) 545-5902
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| Quienes deben registrarse: |
Delincuentes sexuales adultos; y a partir del 1 de Julio de 2006 también aplicará a los delincuentes juveniles que estén o hayan estado bajo la custodia de los servicios de justicia para menores treinta días antes de cumplir los 21 años de edad. |
| Información recopilada: |
Descripción del vehículo e información de registro, fotografía, historial del delincuente, fecha de nacimiento, descripción física, descripción del delito, informes policíacos, informes de la investigación antes de la sentencia, información del domicilio actual y de domicilios anteriores, otra información que sirva para identificar; afiliación a institutos académicos. |
| Dirigido por: |
Departamento de Corrección del Estado. |
| Plazo para registrarse: |
Durante la investigación previa a la sentencia; inmediatamente después de la libertad condicional, libertad a prueba o reclusión; dentro de un plazo no mayor de 10 días de haber cambiado de domicilio.
A partir de 1 de julio de 2006dentro de un plazo no mayor de 10 días de haber llegado a este estado, cualquiera que sea el propósito de su estadía; dentro de un plazo no mayor de 5 días de de haber cambiado de domicilio, vehículo o afiliación a institutos académicos, o cualquier otro cambio. |
| Aplica a delincuentes de otros estados: |
Sí |
| Duración del requisito: |
Lo que dure la sentencia además de 10 años después de haber terminado o de que se haya vencido esa sentencia; o de por vida.
Aquellos que deban cumplir con el requisito de registrase en otro estado y que se hayan mudado al estado de Utah deberán registrarse en este estado el tiempo que les quede de cumplir en el otro estado o el tiempo que estipule el estado de Utah, o lo que sea mayor.
Aquellos que sean estudiantes, trabajadores, o voluntarios no residentes y que se encuentren en el estado de Utah sea cual fuere el propósito, deben registrarse en este estado a partir de haber cumplido los diez días aquí, y deberán hacerlo durante el tiempo que les quede de cumplir en el otro estado o el tiempo que estipule el estado de Utah, o lo que sea mayor.
Los reincidentes deben registrarse de por vida.
Aquellos que tuvieron que registrarse como delincuentes juveniles y que por haber reincidido ya como adulto, deberán registrarse de por vida.
Doce de cada 18 delitos requieren que el individuo se registre de por vida; inclusive si fue sentenciado por delitos similares en otros estados. |
| Verificación de domicilio: |
Sí
El estado de Utah lo hace por correo una vez al año. Las autoridades locales podrán determinar cuando llevarán a cabo las verificaciones por correo: mensualmente, quincenalmente, trimestralmente o dos veces por año. |
| Pena por incumplimiento: |
Delito menor de clase A- 90 días de reclusión obligatoria y 1 año de libertad condicional.
Delito grave en tercer grado para criminales o aquellos que deban cumplir con el registro de por vida;
Delito menor de clasificación A para delincuentes.
Cada vez que no reporte algún cambio o no se registre será enjuiciado aparte. |
| Acceso a información: |
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Por internet; Si no tiene acceso al internet, puede comunicarse con el Programa de registro de delincuentes sexuales y pedir que le envíen la información por correo.
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| Cláusula de privacidad: |
No |
| Personas registradas: |
7,000 ya para 24 de julio de 2007 |
| Personas en cumplimiento c/requisito: |
86% |
| En Internet: |
http://corrections.utah.gov ó http://udc.utah.gov/asp-bin/sexoffendersearchform.asp
Si tiene preguntas, comentarios o para obtener datos sobre los registrados, puede hacerlo a través del Programa de registro de delincuentes sexuales de Utah al: registry@utah.gov |