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Wyoming
Actualizado el 12 de julio de 2007
| Contactarse con: |
Bob Brackett - El supervisor del programa de registro de delincuentes sexuales al (307) 777-7809 (Sex Ofender Registry, SOR) |
| Quienes deben registrarse: |
Cualquier delincuente sexual que resida en Wyoming o que llegue al estado con el propósito de establecer residencia deberá registrarse con el Wyoming Division of Criminal Investigation a través de la oficina del alguacil correspondiente o a través de cualquier entidad según lo establezcan los estatutos del la ley de registro de delincuentes sexuales del estado (Wyoming Sex ofender Registration Act). También deberán registrarse todos los delincuentes sexuales que se encuentren de visita en este estado por un periodo de más de diez días consecutivos. Y cualquier delincuente sexual que trabaje en este estado 30 días del año.
Se considera delincuente sexual todo aquel individuo, mayor de 18 años, que haya sido condenado por haber cometido un delito sexual contra una victima menor de edad; o cualquier individuo que haya cometido un delito sexual con agravantes.
Los delitos sexuales son evaluados y clasificados “con agravantes” o “sin agravantes.” Estos delitos incluyen aquellos que se hayan cometido en el estado de Wyoming, así como en otros estados, inclusive en cortes federales o en cortes militares, que de haber sido cometidos en este estado, constituirían un “delito sexual.” Quedan excluidos casos en los que el individuo se haya declarado culpable, no haya disputado los cargos, o haya sido encontrado culpable. Así como las disposiciones según lo establece la W.S. 7-13-301
Los delitos sexuales con agravantes implican abuso sexual según W.S. 6-2-302 independientemente de la edad de la victima; según W.S. 6-2-303 independientemente de la edad de la victima; según W.S. 6-2-304(a)(ii), o un delito según lo establece W.S. 6-2-304(a)(iii) si la victima era menor de 16 años, si ocurrió incesto según lo establece W.S. 6-4-402, o cualquier delito establecido en W.S. 14-3-105 si es que la victima era menor de 16 años y el delincuente era, por lo menos, cuatro años mayor que la víctima, o cualquier intento de cometer un delito tal.
Los delitos sexuales sin agravantes incluyen: abuso sexual según lo establece la W.S. 6-2-304(a) (i) o 6-2-304(a) (iii) si la victima es mayor de 16 años; conspirar para cometer abuso sexual según la definición del W.S. 6-2-301(a) (v), actos indecentes según la W.S. 14-3-105 si la victima contaba con 16 años y menos de 18 y el delincuente era cuatro años mayor que la victima, o intento de cometer un delito tal.
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| Información recopilada: |
- Nombre, inclusive nombres falsos;
- Fotografía;
- Huellas dactilares;
- Domicilio;
- Fecha y lugar de nacimiento;
- Número de seguro social;
- Lugar de empleo;
- Fecha y sitio donde fue condenado;
- Crimen por el cual fue condenado; y
Centro educativo en este estado al que asista o en el que haya sido empleado |
| Dirigido por: |
El departamento de investigación criminal de Wyoming (The Wyoming Department of Criminal Investigation, DCI) parte de la oficina del procurador general. |
| Plazo para registrarse: |
Todo delincuente sexual que se encuentre físicamente dentro del estado por un periodo de diez días consecutivos debe registrarse. Todos los delincuentes sexuales que vivan en otros estados pero que trabajen en Wyoming 30 días del año también deberán registrarse. Tener empleo consiste en trabajo de tiempo completo o de medio tiempo o cualquier trabajo voluntario por el cual reciba o no remuneración u otros beneficios. También deberán registrarse aquellos individuos que asistan a centros educativos en el estado de Wyoming. Ello incluye asistir a la escuela tiempo completo o medio tiempo, y asistir a una escuela publica, privada, o a un centro vocacional.
(i) Todo individuo que del 1 de julio de 1999 en adelante se encuentre bajo la custodia de la cárcel local, u otra entidad, por haber cometido un delito que lo obligue a registrarse, y que haya sido sentenciado del 1 de enero de 1985 en adelante deberá registrarse antes de recibir su libertad.
(ii) Todo individuo que haya sido sentenciado por un delito que lo obligue a registrarse pero que no haya sido encarcelado, deberá registrarse inmediatamente después de que se le haya impuesto la sentencia.
(iii) Todo individuo que haya sido sentenciado por un delito que lo obligue a registrarse, que haya sido sentenciado del 1 de enero de 1985 en adelante, que viva o que haya llegado a este estado para establecer residencia, y que esté bajo la supervisión del departamento de libertad condicional u otra agencia, deberá registrarse dentro de un periodo no mayor de 10 días de haber llegado a Wyoming, o si es residente del estado, antes del 1 de agosto de 1999.
(iv) Todo individuo que haya sido sentenciado por un delito que lo obligue a registrarse, que haya sido sentenciado del 1 de enero de 1985 en adelante, que viva o que haya llegado a este estado para establecer residencia, y que no esté bajo la supervisión del departamento de libertad condicional u otra agencia, deberá registrarse antes del 1 de agosto de 1999, si es residente del estado, o dentro de un periodo no mayor de 10 días si no lo es.
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| Aplica a delincuentes de otros estados: |
Sí |
| Duración del requisito: |
Los delincuentes que hayan cometido un delito sexual con agravantes deberán registrarse de por vida.
Los delincuentes que hayan cometido un delito sexual sin agravantes deberán registrarse por un periodo de diez años una vez se les otorgue su libertad bajo palabra o libertad condicional. No se tomará en cuenta el tiempo que el individuo pase en la cárcel o en un centro de detención. |
| Verificación de domicilio: |
Los delincuentes que hayan cometido un delito sexual con agravantes deberán verificar su domicilio, lugar de empleo, y otros datos con el DCI por correo cada 90 días. Los delincuentes que hayan cometido un delito sexual sin agravantes deberán verificar sus datos una vez al año. Si no se cumple con este requisito, el individuo estará “en desacato.” |
| Pena por incumplimiento: |
Incumplir con el requisito de registrarse, de verificar su domicilio o lugar de empleo o datos sobre su lugar de estudios dentro del plazo que exige el WS 7-19-302 constituye una violación de la ley de registro de delincuentes sexuales.
El individuo que no se registre como debe hacerlo según la W.S. 7-19-302 es culpable de un delito menor punible con una multa de hasta setecientos cincuenta dólares ($750.00), encarcelamiento por un periodo de no más de un año, o ambos. El individuo que sea condenado por volver a incumplir con el requisito de registrarse como lo indica la W.S. 7-19-302 es culpable de un delito mayor punible con una multa de mil dólares ($1,000.00), encarcelamiento de no más de cinco años, o ambos. |
| Acceso a información: |
Los datos recopilados son confidenciales y pueden ser diseminados a individuos con la autoridad de recibirlos.
Si el riesgo de reincidir es menor, solo se notificará a aquellas personas autorizadas a recibir historiales criminales según lo especifica la WS 7-19-106.
Si el riesgo de reincidir es moderado, se notificará a los vecinos cuya residencia se encuentre a 750 pies de la residencia del delincuente, así como a organizaciones comunitarias, escuelas, organizaciones juveniles y religiosas y otros individuos autorizados como lo indica el primer párrafo de este inciso. Además, si una institución educativa desea recibir datos sobre un delincuente que este empleado o estudie en ese instituto, solo se proporcionarán mediante la presentación de una petición por algún miembro de ese centro educativo.
Si el riesgo de reincidir es alto, se notificará al público mediante el registro público y a través de otros medios que la corte indique. El registro público deberá estar a disposición del publico a través del Internet y deberá incluir:
- El nombre del individuo, incluso sus nombres falso o alias
- Domicilio
- Lugar y fecha de nacimiento
- Lugar y fecha de la sentencia
- Fotografía
Características físicas como raza, género, altura, peso y color de ojos y pelo. |
| Cláusula de privacidad: |
Todos los datos recopilados según lo establece la ley son confidenciales y serán desimanados acatando la ley. Todo individuo que concientemente revele tales datos será culpable de un delito menor punible con encarcelamiento de no más de seis meses, o una multa de no más de setecientos cincuenta dólares, ($750.00), o ambos. |
| Personas registradas: |
2,141 según el registro del 12 de julio de 2007 |
| Personas en cumplimiento c/requisito: |
96% |
| En Internet: |
http://attorneygeneral.state.wy.us/dci/so/so_registration.html
wsor@dci.wyo.gov
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