(1) El derecho al respeto
Las víctimas de un delito, como definidas por ley, tendrán el siguiente derecho a ser tratadas con justicia y respeto por su dignidad y intimidad a lo largo del proceso de justicia penal.
(2) El derecho a ser informado
Las víctimas de un delito, como lo define la ley, tendrán el siguiente derecho a la notificación sobre los procesos en el tribunal.
Las víctimas de un delito, como lo define la ley, tendrán el siguiente derecho a la información sobre la condena, sentencia, encarcelamiento y puesta en libertad del acusado.
(3) El derecho a estar presente
Las víctimas de un delito, como lo define la ley, tendrán el siguiente derecho a estar presentes durante el juicio y durante todos los otros procesos del tribunal en la misma base del acusado.
Las víctimas de un delito, como lo define la ley, tendrán el siguiente derecho a tener presente durante todos los procesos del tribunal, sujetos a las reglas de la evidencia, a un abogado o a otra persona de apoyo de la elección de la víctima.
(4) El derecho a ser escuchado
Las víctimas de un delito, como lo define la ley, tendrán el siguiente derecho de consultar con la fiscalía.
Las víctimas de un delito, como lo define ley, tendrán el siguiente derecho a hacer una declaración ante el tribunal durante la sentencia.
Favor de referirse al Estado de Illinois Sección 8.1 para obtener más información en lo que concierne a los derechos de la víctima.
Sección 8.1 LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE UN DELITO
(a) Las víctimas de un delito, como lo define la ley, tendrán los siguientes derechos como lo provee la ley:
(1) El derecho a ser tratado con justicia y respeto por su dignidad e intimidad a lo largo del proceso de justicia penal.
(2) El derecho a la notificación sobre los procesos del tribunal.
(3) El derecho a consultar con la fiscalía.
(4) El derecho a hacer una declaración ante el tribunal durante la sentencia.
(5) El derecho a la información sobre la condena, la sentencia, el encarcelamiento y la puesta en libertad del acusado.
(6) El derecho a una conclusión oportuna del caso después del arresto del acusado;
(7) El derecho a ser protegido de manera razonable del acusado a lo largo del proceso de justicia penal.
El derecho a estar presente durante el juicio y durante todos los otros procesos del tribunal en la misma base del acusado, a menos que la víctima vaya a testificar y el tribunal determine que el testimonio de la víctima sería afectado de manera considerable si la víctima escucha otro testimonio durante el juicio.
(9) El derecho a tener presente durante todos los procesos del tribunal, sujetos a las reglas de la evidencia, a un abogado o a otra persona de apoyo de la elección de la víctima.
(10) El derecho a la indemnización.
(b) La Asamblea General puede prever por ley la implementación de esta Sección.
(c) La Asamblea General puede prever un cálculo de los ingresos imponibles en contra de los acusados condenados para pagar los derechos de las víctimas de un delito.
(d) Nada en esta Sección o en cualquier ley promulgada bajo esta Sección será interpretado como la creación de una base para invalidar una condena o será motivo para utilizar el alivio de apelación en cualquier caso delictivo.